Justificación

Inicialmente pensado para servir sólo de bitácora personal; hemos decidido retomarlo y reonrientarlo a fin de incluir opiniones relacionadas con el derecho del trabajo y de las condiciones y medio ambiente del trabajo.



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martes, 8 de febrero de 2011

PERFIL PROPUESTO PARA EL FACILITADOR EN DERECHO


“La solución de los problemas jurídicos tiene dos aspectos: el práctico y el teórico. La única forma en que el abogado puede aprender a resolver los problemas jurídicos es resolviéndolos”[1]
El ejercicio del derecho no es otra cosa que la continua resolución de problemas de diversas índoles y siempre referidos a la aplicación de las normas que regulan la vida en sociedad.
Tanto el litigante como el investigador consumen sus vidas profesionales resolviendo problemas de otros. Los litigantes tratando de demostrar que la parte que representa en un conflicto tiene la razón por haber aplicado u observado la norma de la forma en que lo hizo y que el equivocado es justamente la otra parte en conflicto; el investigador indagando porqué el legislador pensó de tal o cual forma; porqué previó tal o cual instituto jurídico; en definitiva, buscando la justificación de la norma.
Para resolver los problemas, los abogados acudimos a tres vías principales; el razonamiento lógico, la opinión de autoridad y la experiencia personal. El razonamiento lógico coloca a la norma como premisa mayor, al comportamiento bajo examen como premisa menor y la conclusión será la decisión lógica frente a las premisas involucradas. A manera de ilustración:
Premisa mayor
Aquel que mate a otro, debe ser condenado a cárcel.
Premisa menor
Juan mató a Pedro.
Consecuencia
Juan debe ir a la cárcel.
La opinión de autoridad nos permite conocer la forma en que otros abordaron el problema y las conclusiones que aportaron a fin de buscar soluciones equivalentes. Esa autoridad puede ser un precedente jurisprudencial o la opinión de un teórico reputado a quien le tengamos confianza.
Nuestra experiencia también permite resolver problemas y de ordinario termina siendo una metodología ecléctica entre las dos vías precedentes ya que nos servimos de las opiniones de autoridad para construir las premisas que adaptaremos a la norma bajo examen.
Como puede observarse el abogado requiere aprender a razonar por si mismo, memorizar cientos de conceptos, principios e institutos jurídicos, ubicar “topográficamente”[2] las normas y por último ser capaz de engranar sus experiencias con los conocimientos adquiridos para poder resolver los problemas planteados.
Debemos prevenir al lector que la capacidad engranar su experiencia con los conocimientos memorísticos y el entrenamiento lógico deductivo juega un papel vital en la solución de los problemas ya que éstos no se presentan de forma académica, se presentan como una suma de situaciones que requiere la identificación de la cuestión principal, las cuestiones secundarias y aquellos elementos que pueden despreciarse sin mayor reparo.
Es por ello que consideramos que el facilitador en derecho puede tener el siguiente perfil:
·      Es un experto que domina los contenidos, planifica (pero es flexible)...
·      Fomenta la búsqueda de la novedad: curiosidad intelectual, originalidad. pensamiento convergente..

o   El abogado en todo momento debe estar dispuesto a pensar “lateralmente”
·      Establece metas: perseverancia, hábitos de estudio, autoestima, metacognición...; siendo su principal objetivo que el mediado construya habilidades para lograr su plena autonomía. 

·      Fomenta el logro de aprendizajes significativos, transferibles...

o   El abogado debe estudiar todos los días a fin de mantenerse actualizado ante los cambios legislativos y jurisprudenciales.
·      Regula los aprendizajes, favorece y evalúa los progresos; su tarea principal es organizar el contexto en el que se ha de desarrollar el sujeto, facilitando su interacción con los materiales y el trabajo colaborativo.

·      Comparte las experiencias de aprendizaje con los alumnos: discusión reflexiva, fomento de la empatía del grupo...

o   Normalmente se constituyen equipos jurídicos.
·      Potencia el sentimiento de capacidad: autoimagen, interés por alcanzar nuevas metas...

·      Enseña qué hacer, cómo, cuándo y por qué, ayuda a controlar la impulsividad.
·      Atiende las diferencias individuales.
o   El abogado debe ser seguro de si mismo y nunca actuar impulsivamente.
·      Desarrolla en los alumnos actitudes positivas: valores...[3]
Por lo tanto y siguiendo al autor consultado, afirmamos que el descrito es el perfil deseado del facilitador en el área de la enseñanza del derecho.


[1]  Morris, C. (2001). Cómo razonan los abogados (2º edición ed.). (M. A. Baralt, Trans.) México DF, México DF, México: LIMUSAM SA de CV.
[2] Utilizamos el término topográfico no en el sentido geográfico, sino en el sentido de ubicar las normas en los cuerpos normativos adecuados.
[3]  Tebar Belmonte, L. (1999). Perfil del profesor mediador. Madrid, España: Aula XXI/ Santillana.

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